Antecedentes e Historia

Antecedentes e Historia

Esta Institución fue creada en el año 1.948, por la Ley Nº 63, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, con la función de hacer cumplir las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley Nº 22.094, del 17 de Setiembre de 1947, refrendado por la Ley Nº 9/48, de Reglamentación General de Tránsito Caminero y las disposiciones complementarias relativas al tránsito en general en la red vial de caminos mejorados, para la aplicación de las penas establecidas en el mencionado reglamento y cuestiones derivados del uso de los caminos y rutas de la República, con jurisdicción en aquellos trechos que al cruzar los ejidos municipales forman parte de la red nacional de caminos y la Ley 536/75 (Penalidades), fue creada el Juzgados de Faltas y Contravenciones a través del Decreto Nº 30.314/63. Posteriormente en fecha 22 de junio del 2004 con el Decreto Nº 2.703/04, por el cual se implementaron los Juzgados de Faltas y contravenciones Regionales y se fijan Competencias Territoriales con los procedimientos a ser utilizados.

Es la autoridad uniformada y brazo ejecutor del MOPC, para dar cumplimiento a la Ley Nº 40/59, Art. 60; “El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones tiene jurisdicción para construir o conservar lo construido dentro de los ejidos municipales en aquello trechos de los caminos que al cruzarlos forman parte de la red nacional de caminos”, en este caso sobre el tránsito, que también en la Ley Nº 167/93 Art. 3ºInc. d) “Proteger, administrar y reglamentar el uso, así como sancionar sobre los abusos, de los bienes y servicios públicos correspondientes a la Cartera” y en la misma Ley en el Art. 24 se le da la función a la Caminera en su inc. a) “Velar por la seguridad y asegurar el cumplimiento de todas las disposiciones legales referente a las condiciones técnicas, administrativas y financieras establecidas para la circulación de todos los vehículos transportadores de cargas, pasajeros y particulares en las rutas nacionales". Lo establecido en la misma y de la creación de la Dirección de Control y seguridad de Tránsito para su funcionamiento es través de la Resolución MOPC Nº 327/89.

En el año 1.999 del 11 de junio con la Resolución MOPC Nº 711, Establece la restructuración organizacional de la Dirección de Control y seguridad de Tránsito, dejando sin efecto la resolución MOPC Nº 327/89. En fecha 1 de Octubre de 1.999 a través de la Resolución Nº 1.470, se establece que para el Director, Jefe Policía Caminera y Jefe Inspección General que sean nombrados Inspectores de la Policía Caminera con rango de Inspector general.

La Resolución Nª 1.884-02-12-1.999, modifica parcialmente la Resolución Nº 711/99, que establece la restructuración organizacional de la Dirección de Control y Seguridad de Tránsito. Igualmente con laResolución Nª 44/17/01/00, establece el mes de enero de cada año, como fecha de rotación general del personal de la Policía caminera de la Dirección de Control y seguridad de Tránsito.

En el Año 2000 con la Ley 1.590/00, la Dirección de Control y seguridad de Tránsito pasó a cargo de laDINATRAN e integró dentro de la Estructura Orgánica el Departamento de la Policía Caminera según elDecreto Nº 12.273/01, creando en la misma el Departamento de Seguridad y Educación Vial. La Resolución MOPC Nº 301/28/05/01 comisionan a varios funcionarios de la Policía Caminera a la DINATRAN.

El Decreto Nº 14.101/31/07/01, modifica parcialmente el Decreto Nº 12.273/01 y se afecta a la Policía Caminera y Juzgados de Faltas al Gabinete del Viceministro de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. Con el Decreto Nº 14.102/01, se deja sin efecto el Decreto Nº 13.837/01, por la cual nombra Director de la Dirección de Control y Seguridad de Tránsito.

En el Año 2.002 con el Decreto Nº 17.406, se deja sin efecto el Decreto Nº 14.401 de 31 de Julio de 2.001, y se afecta nuevamente la Dirección de Control y Seguridad de tránsito (Policía Caminera) a la Dirección Nacional de transporte (DINATRAN).

El uso de la denominación de la DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGURIDAD DE TRÁNSITO, obedece porque así está establecido en el Artículo19° inc. “B” de la Ley Nº 167/93 “ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL M.O.P.C.”. Si bien es cierto que se menciona en el Art. 20° inc. “C” de la Ley Nº 1.590/00 de la DINATRAN la misma terminología, pero al reglamentarse esta Ley por Decreto Nº 19.006/02, en el Art. 2º, al establecer la Estructura Orgánica y Funciones de la misma, ya se cambió dicha denominación, quedando con el nombre de DIRECCIÓN DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS, es por ello que se entiende, que debe utilizarse en el M.O.P.C. con la denominación de “DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGURIDAD DE TRÁNSITO”. (Policía Caminera), actualmente a cargo del Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones.

En el año 2.003 con el Decreto Nº 122, se deja sin efecto el Decreto Nº 17.406 de fecha 4 de Junio de 2.002, y Decreto Nº 14.401 de 31 de Julio de 2.001, afectándose a la Policía Caminera y al Juzgado de Faltas a la jurisdicción del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, con las transferencia de los rubros del anexo del personal afectado a la Policía Caminera al Presupuesto General del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 2.061, “Que aprueba el Presupuesto General para el ejercicio fiscal 2003” y se dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 122/03, con la Resolución MOPC Nº 83/04.

Actualmente la Dirección de la Policía Caminera se encuentra a cargo del Gabinete del señor Ministro de Obras Públicas y comunicaciones.

La RESOLUCIÓN MOPC Nº 801/03, por la cual establece el escalafón y Uniforme del Personal Operativo de la Policía Caminera y se derogan las RESOLUCIONES MOPC: Nos. 34/02, 1.470/99, 1.599/99 y varios artículos de la Resolución MOPC Nº 99/80 (Manual de la Policía Caminera). Con la Resolución MOPC Nº 729/04, se aprueba el reglamento del Tribunal de calificaciones de Servicios de la Policía caminera. Igualmente sufriómodificaciones la RESOLUCIÓN MOPC Nº 801/03 en su art. 3º por la Resolución MOPC Nº 214/08.

La RESOLUCIÓN MOPC Nº 140/17-03-2005, establece la creación y se Instituye las Medallas de Honor, brevets y distintivos, a funcionarios del cuadro permanente, personal operativo, administrativo y retirados de la Policía Caminera.

La RESOLUCIÓN MOPC Nº 141/17-03-2005, modifican parcialmente los artículos 6º y 7º de la Resolución Nº 801/2003, que establece el escalafón y uniforme del personal operativo de la Policía caminera.

La RESOLUCIÓN MOPC Nº 788/01-11-2005, modifica la denominación de la Escuela de Policía caminera, creada por Resolución MOPC Nº 911 del 28 de Diciembre de 2004, por el de Instituto Técnico Superior de la Policía Caminera “INSPECTOR MAYOR JUAN NELSON DOBRILA”

Sobre la ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGURIDAD DE TRÁNSITO, establece la RESOLUCIÓN Nº 1.884/2-12-1.999, por el cual modifica parcialmente el Art. 2º en los puntos 2.1.1, 2.1.7 y 2.1.8 de la Resolución Nº 711 del 11 de junio de 1.999 y la Resolución Nº 150, 11-02-2009.

LEY 5.498/15 “QUE CREA LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRULLA CAMINERA Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”

Artículo 1°. Créase la Dirección Nacional de Patrulla Caminera, que dependerá del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. La misma se regirá por las disposiciones de esta Ley, las normas complementarias y sus reglamentos.

Actualmente la Patrulla Caminera es la encargada de hacer cumplir la Ley 5-016/14 NACIONAL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL.